13.1 Nuevas infracciones a la Seguridad Social

13.2 Sanciones al Empleo Sumergido

 

13. INFRACCCIONES Y SANCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

13.1 INFRACCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CONDUCTA DESCRIPCIÓN
Leve Dentro de la obligación de exposición-publicidad del documento de cotización, se añade “en el que conste la cotización efectuada correspondiente a los trabajadores”
Graves

-          No comunicar las variaciones en materia de inscripción de empresas “incluida la sucesión en la titularidad de la misma”, “así como en materia de comunicación en tiempo y forma de los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores”

-          No ingresar en plazo las cuotas o no efectuar el ingreso en la cuantía debida habiendo cumplido “las obligaciones transmisión de datos o de presentación de documentos”

Muy graves

-          No ingresar en plazo las cuotas no habiendo cumplido “las obligaciones transmisión de datos o de presentación de documentos” así como actuar “fraudulentamente al objeto de eludir la responsabilidad solidaria, subsidiaria o mortis causa en el cumplimiento de la obligación de cotizar o en el pago de los demás recursos de la Seguridad Social”

-          Efectuar declaraciones o consignar datos falsos que ocasionen liquidaciones o deducciones fraudulentas en las cuotas a satisfacer a la Seguridad Social

Graduación sanción En todo caso se impondrá la sanción en su grado máximo, cualquiera que fuera la cantidad no ingresada, cuando el sujeto responsable hubiera cotizado en cuantía inferior a la debida mediante la ocultación o la falsedad de las declaraciones o datos que tenga obligación de facilitar a la Seguridad Social.
Obstrucción Inspección Muy grave: no entregar el empresario en soporte informático la información requerida en materia de Seguridad Social cuando esté obligado a la transmisión electrónica de liquidaciones de cuotas o datos de cotización
  1. SANCIONES
Conductas infractoras Cuantía mínima Cuantía máxima
1.Falta de afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social 3.126 euros 10.000 euros
2.Afiliación o alta de los trabajadores fuera de plazco 626,00 euros 6.250 euros
3.Ocupación de perceptores de prestaciones de la Seguridad Social (desempleo, pensiones) incompatibles con el trabajo, sin dar de alta a la Seguridad Social 10.001 euros 187.515,00 euros
4.No comprobar las empresas con contratas o subcontratas de su propia actividad el alta en la Seguridad Social de los trabajadores de dichas contratas 626,00 euros 6.250,00 euros
5.Obstrucción a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que impida las comprobaciones sobre faltas de alta en Seguridad Social y ocupación de perceptores de prestaciones incompatibles con el trabajo 3.126,00 euros 187.515,00 euros
SANCIONES ACCESORIAS AL EMPLEO SUMERGIDO

Conducta señalada con el nº 1

Falta de alta de trabajadores en Seguridad Social

-          Perdida automática de ayudas, bonificaciones y beneficios de programas de empleo desde la fecha de la infracción

-          Posibilidad de exclusión de acceso a tales beneficios por un máximo de un año, o de dos si hay reiteración

Conducta señalada con el nº 3

Ocupación de perceptores de prestaciones incompatibles con el trabajo

-          Perdida automática de ayudas, bonificaciones y beneficios de programas de empleo desde la fecha de la infracción

-          Posibilidad de exclusión del acceso a tales beneficios por un máximo de dos años

OTRA CONSECUENCOA DEL EMPLEO SUMERGIDO
Publicidad de las sanciones firmen señaladas con el nº 1 y 3 cuando sea calificadas como muy graves
Prohibición de contratar con el sector público por haberse impuesto a la empresa sanciones firmes  de las señaladas en nº1, 3 y 5
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