3.1 Situación legal de desempleo
3.2 Dónde y cuándo presentar la solicitud por desempleo
3.3 Prestaciones por desempleo contributivo
3.4 Duración desempleo
3.5 Subsidio por desempleo
3.6 Prestación pago único
3.7 Límites que abona el Fondo de Garantía Salarial
3. DESEMPLEO Y FOGASA
3.1 SITUACIÓN LEGAL DE DESEMPLEO |
EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL |
- Despido disciplinario procedente o improcedente (siempre que no se haya optado a la readmisión) - Resolución voluntaria del trabajador: modificación sustancial de condiciones de trabajo, art 41 ET; traslado a otro centro que exija cambio de domicilio art 40 ET. Siempre que exista causa justa art 50ET - Despido por causas objetivas - Terminación del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de obra, siempre que no sea provocado por la denuncia del trabajador - Resolución de la relación laboral por el empresario en periodo de prueba, siempre que la extinción de la relación laboral anterior fuese legal de desempleo o hubiesen transcurrido 3 meses desde la extinción - Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual - Expediente de regulación de empleo - Resolución voluntaria de la trabajadora obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo por ser víctima de violencia de género - Extinción de la relación administrativa por causa distinta a voluntad del empleado, expulsión improcedente de una cooperativa y finalización del periodo de duración del vínculo societario. |
OTROS SUPUESTOS |
- Reducción temporal de jornada ordinaria de trabajo de al menos 1/3 con la correspondiente pérdida o reducción de salario - Liberación de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional - Trabajadores fijos discontinuos en periodos de inactividad, incluidos los fijos periódicos en fechas ciertas. |
3.2 DÓNDE Y CUANDO PRESENTAR LA SOLICITUD POR DESEMPLEO |
PLAZO |
El plazo para pedir el paro es de 15 días hábiles desde la fecha del cese en el trabajo. No computan los sábados, domingos y festivos. Los días de vacaciones que no hemos disfrutado y que la empresa nos paga en la liquidación, seguidos de alta en la seguridad social y no podrá pedirse el paro. |
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD |
El día en que nosotros pedimos la cita previa en el SEPE, es el día que se considera como fecha de presentación de la solicitud. |
3.3 PRESTACIONES POR DESEMPLEO CONTRIBUTIVO |
CUANTÍA | 180 primeros días: 70% base reguladora/ restante al 50% base reguladora | |||
MES | DÍA | |||
TOPE MÍNIMO |
Con hijos Sin hijos |
107% del IPREM 80% del IPREM |
664,75 497,00 |
22,16 16,57 |
TOPE MÁXIMO |
Trabajador sin hijos Trabajador con un hijo Trabajador con 2 o más hijos |
175% del IPREM 200% del IPREM 225% del IPREM |
1.087,20 1.242,52 1.397,84 |
36,24 41,41 46,59 |
Durante la percepción de la prestación por desempleo el trabajador permanecerá en alta en la Seguridad Social y se efectuará la cotización por las contingencias comunes;
- La cuota del trabajador es el resultado de aplicar el 4,7 % (tipo de cotización a cargo del trabajador)
- La retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su caso.
3.4 DURACIÓN DESEMPLEO CONTRIBUTIVO |
La cuantía de la prestación, será la base reguladora de las últimas 6 nóminas:
PERIODO DE PRESTACIÓN | ||
PERIODO DE COTIZACIÓN EN DÍAS | DÍAS | MESES |
Desde 360 hasta 539 | 120 | 4 |
Desde 540 hasta 719 | 180 | 6 |
Desde 720 hasta 899 | 240 | 8 |
Desde 900 hasta 1.079 | 300 | 10 |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 | 12 |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 | 14 |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 | 16 |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 | 18 |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 | 20 |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 | 22 |
Desde 2160 | 720 | 24 |
En caso de haber trabajado a tiempo parcial, cada día se considerará como día cotizado, con independencia de la Jornada
3.5 SUBSIDIO POR DESEMPLEO. Sin tener cubierto periodo mínimo de cotización |
Por pérdida de empleo, de forma involuntaria
POR PÉRDIDA DE EMPLEO | ||
DÍAS COTIZADOS | DURACIÓN | |
Con responsabilidades familiares |
Entre 90 a 119 días Entre 10 a 149 días Entre 150 a 179 días Más de 180 días |
3 meses 4 meses 5 meses 21 meses |
Sin responsabilidades familiares | Más de 180 días | 6 meses |
La duración del subsidio en caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al nº de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
Por agotamiento de la prestación contributiva, y llevar un mes inscrito como demandante de empleo, desde el agotamiento de dicha prestación, tener responsabilidades familiares, salvo que sea mayor de 45 años.
POR AGOTAMIENTO DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA | |||
DURACIÓN DEL SUBSIDIO | |||
EDAD | PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA AGOTADA | CON RESPONSABILIDADES FAMILIARES | SIN RESPONSABILIDADES FAMILIARES |
Menores de 45 años |
4 meses 6 o más meses |
18 meses 24 meses |
|
Mayores de 45 años |
4 meses 6 o más meses |
18 meses 24 meses |
6 meses |
La duración del subsidio en caso de fijos discontinuos será equivalente al nº de meses cotizados al año anterior a la solicitud |
La duración del subsidio en caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al nº de meses cotizados en el año anterior a la solicitud
AYUDAS EXTRAORDINARIAS: importe a cobrar
3.6 PRESTACIÓN PAGO ÚNICO |
El Ministerio de Empleo pretende ampliar la capitalización del paro al 100% de los mayores de 30 años. Para colectivos de hombres menores de 30 años y mujeres hasta 35 años, capitalización del desempleo, que permite cobrar en un solo pago todo o parte del importe de la prestación.
Nuevos autónomos, que generen un primer empleo a un joven menor de 30 años, accederán a la TARIFA PLANA, con el compromiso de mantenimiento del empleo al menos el mismo tiempo que la duración de las bonificaciones entre 18 y 30 meses.
3.7 TOPES QUE ABONA EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) |
Valor día salario | SMI diario | 23,59 € | |
Doble del SMI diario, con prorrateo de extras: | 54,94 € | ||
Salarios |
Abono a los/las trabajadores de los salarios con sus pagas extraordinarias, incluidos los de tramitación, pendientes de pago por declaración de insolvencia o procedimiento concursal La cantidad máxima a abonar por FOGASA, es el doble del SMI diario, con prorrateo de pagas extras, por el nº de días pendientes de pago, máximo de 120 días |
6.592,80 € | |
Indemnización |
Abono de las indemnizaciones por despidos o extinción de contrato reconocidas. Su límite será el de una anualidad, sin que el doble del SMI, incluyendo las pagas lo supere. Anualidad de salario. (20 días) (improcedente 33 días) |
20.053,10 € | |
El Govern aprova que el Salari Mínim Interprofessional puge a 1.080 euros
Intersindical Valenciana va recórrer una sentència de 2020 del TSJ de la Comunitat Valenciana que el declarava nul
Se crea una plataforma unitaria de lucha que agrupa a todo el sindicalismo combativo del estado para defender los derechos de las repartidoras y repartidores