LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR MASCARILLAS
Desde HOY, jueves 21 de mayo, es obligatorio llevar mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre, y cualquier espacio cerrado de uso público donde no sea posible garantizar la distancia entre personas de al menos dos metros. El uso generalizado de mascarillas tiene como objetivo reducir la transmisión comunitaria del COVID-19, y lo justifica la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas. Obligación de llevar mascarillas.pdf
La regulación de la obligatoriedad, del uso de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 viene recogida por la Orden422/2020, de 19 de mayo, publicada en el BOE de 20 de mayo.
¿A quién afecta la obligación?
A toda la población, a partir de los 6 años. Para menores de entre 3 y 6 años, se recomienda su uso, pero no obliga.
Las excepciones que contempla
No será exigible en los siguientes casos:
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿Qué tipo de mascarilla usar?
Vale cualquier tipo de mascarilla que cubra la nariz y la boca, se recomienda las higiénicas y quirúrgicas.
Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. |
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