Información GVA  Prevención COVID-19  :   El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, este viernes 17 de julio, recoge la nueva normativa respeto al uso de la mascarilla. El DOGV, recoge que el uso de la mascarilla ya es obligatorio en todo el País Valenciano, aunque se respete la distancia de seguridad, que es de metro y medio. A partir de ahora se tienen que utilizar mascarillas quirúrgicas o higiénicas y quedan prohibidas aquellas que lleven válvulas.

El uso de la mascarilla se hace obligatorio en las terrazas de bares y restaurantes, y se matiza que la mascarilla deberá estar bien colocada cuando no se esté consumiendo. Se recuerda que se debe hacer un buen uso de la mascarilla colocándosela cubriendo la nariz hasta debajo de la barbilla.

Según el Diario Oficial, el uso de la mascarilla no será obligatorio en los casos siguientes:

  • En playas y piscinas siempre que se mantenga la distancia de seguridad de metro y medio.
  • Actividades infantiles y juveniles de ocio mientras sea en grupos de convivencia estable.
  • Durante la práctica de actividades deportivas.
  • En espacios naturales al aire libre fuera de la población.

También quedan exentos de cumplir con esta obligación las personas que padezcan algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria y las personas en situación de dependencia o discapacidad y no dispongan de autonomía.

Se hace un llamamiento a la responsabilidad colectiva y, se recuerda que aún queda mucho camino por recorrer hasta disponer de una vacuna, y que el virus no se ha ido, que sigue conviviendo entre nosotros, con riesgos serios de que se produzcan nuevos brotes de la pandemia.

Distancia de seguridad interpersonal. Deberá cumplirse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal establecida en el Real Decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 de, por lo menos, 1,5 metros.

 Uso de mascarilla.

Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abiertos al público.

Se recomienda el uso de las mascarillas en espacios privados abiertos o cerrados cuando exista confluencia con personas no convivientes o no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

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