LA GESTIÓN DE LOS PARTES DE BAJA-ALTA

Estamos en una época en que las bajas se han multiplicado. Por una parte las bajas normales de enfermedades comunes y laborales, a las que tenemos que sumar el gran número de bajas que está ocasionando la COVID-19 en sus diferentes situaciones.

Todos y todas sabemos que las bajas las emite el médico de cabecera, que nos entrega dos copias, una para la empresa y otra para el trabajador. La copia nuestra, la tenemos que conservar siempre. La de la empresa se la debemos hacer llegar, siempre ajustándonos a la nueva regulación. Veamos.

Las bajas cortas

Son las que duran hasta 4 días de duración. En estos casos el médico te da la baja y el alta en el mismo documento y el plazo para presentarla es dentro de las 24 horas siguientes a la fecha prevista de alta. Si el día del alta, el médico optara porque siguieras de baja, te daría el primer parte de confirmación y tendrías 24 horas de plazo para entregar a la empresa la copia de los dos partes: el de baja/alta inicial y del primer parte de confirmación de baja y, a partir de ahí, 3 días de plazo para entregar los siguientes partes de confirmación.

Las bajas no cortas

Son las de al menos 5 días de duración. La norma es que tienes que entregar a la empresa la copia del parte de baja inicial y los siguientes de confirmación de baja, en el plazo de 3 días, contados a partir del mismo día en que te los expida el médico.

El mismo día de la baja no hay obligación de darle a la empresa la copia. Para entregar el parte de alta tienes un plazo de 24 horas a contar desde que te lo expidan. El día del alta no tienes que trabajar porque forma parte de la baja. El alta surte efectos el día siguiente de su emisión.

A veces se pide que los partes se entreguen personalmente en mano en la sede de la empresa. Esto no es necesario. No es así como está regulado. La normativa dice que la entrega será “a la empresa” y no dice que sea "en la empresa". Nada impide que la entrega del parte de baja, de confirmación o de alta pueda ser: por correo ordinario, por mediación de un compañero o de cualquier otra persona. Entregar en plazo a la empresa la copia original de los partes destinadas a ella es una obligación del trabajador. El incumplimiento podría dar lugar a sanciones disciplinarias de la empresa.

Es recomendable que se mande al mismo tiempo que mandas el parte, un @, o llames a la empresa para informarles de que les han mandado/entregado el original. Recuerda que las grabaciones ocultas y los @, son admisibles como prueba en los juicios laborales. Así tenemos prueba de la entrega del parte de baja.

El objetivo de entregar la copia en plazo es que la empresa conozca que se ha iniciado la baja, que la baja sigue o, que se ha producido el alta. El parte de baja no es una autorización o visto bueno, ni un justificante de ausencia.

La falta de entrega de la copia de la empresa del parte de baja no es causa válida de despido disciplinario mientras que el trabajador disponga de su copia de dichos partes de baja

Valencia, octubre de 2020

 

0
0
0
s2smodern

Convenios transportes

Correu

SEPE ¿Cómo puedo consultar el estado de mi prestación por desempleo?

Condicions Laborals

Contenidos más leídos

PLANTEM CARA NUEVOS PERMISOS LABORALES

Nuevos permisos laborales
 
 

GUIA LEGISLACIÓN LABORAL 2023

Legislació laboral 2023

IMPORTANTE Renovación DARDE

  Actualmente y debido a la situación sanitaria la demanda de empleo se renueva automáticamente. La renovación de la demanda dejará de ser automática a partir de NOVIEMBRE.
La no renovación de la demanda implica la baja en la base de datos de LABORA y en el caso de cobrar prestaciones dejar de percibirlas.

Intersindical Valenciana valora la pujada de l'SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

Intersindical Valenciana valora la pujada de l’SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

El Govern aprova que el Salari Mínim Interprofessional puge a 1.080 euros

Drets laborals

El Tribunal Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques Urbanes de València i Castelló

El Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques de València i Castelló

Intersindical Valenciana va recórrer una sentència de 2020 del TSJ de la Comunitat Valenciana que el declarava nul

Prevención riesgos laborales

COORDINADORA INTERSINDICAL DE RIDERS

Naix la Coordinadora Intersindical de Riders

Nace la Coordinadora Intersindical de Riders

Se crea una plataforma unitaria de lucha que agrupa a todo el sindicalismo combativo del estado para defender los derechos de las repartidoras y repartidores 

    Guia de prevenció de riscos laborals

 

Intersindical Valenciana-ICS

Intersindical Valenciana exigeix la derogació de les reformes laborals

Opinión Tribuna: Libertad de expresión sindical