El presente Convenio será de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras que presten servicios en la empresa DIAVIDA SL, cualquiera que sea su categoría profesional, en el momento de su entrada en vigor y a los trabajadores y las trabajadoras que se contraten durante la vigencia del mismo, con la única excepción del personal directivo al que se refiere el artículo 2º del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. ç
Este personal es de libre designación por la empresa y su relación laboral se regirá por su contrato de trabajo y, en su caso, por la normativa especial que les resulte de aplicación.
El presente Convenio colectivo entrará en vigor a todos sus efectos el día 1º de Octubre de 2020.La vigencia del mismo se extenderá desde fecha 01 de Octubre de 2020 hasta fecha 30 de Septiembre de 2025.
Convenio colectivo empresa Diavida, SL. 2021
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