Convenio colectivo peluquerias, institutos de belleza y gimnasios   

Ámbito de aplicación funcional:

Este Convenio regulará las condiciones de trabajo de todas las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, cuya actividad sea la de: Peluquerías. Institutos de belleza y gabinetes de estética. Salones de manicura, pedicura y depilación. Establecimientos de baños, saunas y gimnasios. Asimismo, queda comprendido en este Convenio el personal que preste funciones características de estas actividades en sanatorios, colegios, círculos de recreo, hoteles, balnearios, espectáculos públicos, clínicas, etc., salvo que dicho personal estuviese incluido en otros Convenios colectivos que afecten con carácter general a las empresas de quienes dependen.

Ámbito de aplicación territorial:

El presente Convenio será de obligatoria aplicación en todo el territorio del Estado español. Asimismo, se aplicará de acuerdo con las reglas específicas que en él se establecen, a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

 

 

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