   ¿Qué ocurre si se termina la prestación por desempleo antes de tener el alta médica?

Hay dos casos posibles:

1.- Si el motivo por el que el trabajador está de baja es por una recaída de un proceso médico (enfermedad, accidente) que se inició cuando el trabajador estaba en alta trabajando, en este caso, cuando se le termine la prestación contributiva, seguirá cobrando lo mismo mientras le dure la baja, aunque se le haya agotado la prestación por desempleo.

2.- Si la razón de la baja médica no es una recaída, cuando al trabajador se le termine la prestación por desempleo, el INSS le seguirá pagando la incapacidad hasta que le den el alta, pero ahora el importe ya no será el mismo de la prestación por desempleo, sino el 80% del IPREM, que en 2015 es de 426 euros mensuales. Esto hay que tramitarlo en la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), llevando un documento que entregan en la oficina de empleo donde constan las cotizaciones del trabajador.

            Cuando al trabajador le den el alta, el INSS deja de pagar. Si el trabajador cumple los requisitos podrá solicitar algún subsidio por desempleo o ayuda del SPE (INEM) ( ayuda familiar, mayores de 45 años, mayores de 55 años, RAI, Plan Prepara, etc), porque ya ha agotado su prestación contributiva.

 

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