GUIA D’AJUDES ECONÒMIQUES DE LA GENERALITAT - COVID-19
GUÍA DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LA GENERALITAT - COVID-19
Por medio del DECRETO LEY 3/2020, de 10 de abril, y publicado el día 11 en el DOGV, la Generalitat Valenciana ha adoptado una serie de medidas urgentes para establecer ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE. También recoge medidas de ayuda para quien ha visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la reducción de jornada por tener que atender necesidades de conciliación y cuidados de personas mayores, dependientes y menores. Todo ello, provocado por la COVID-19.
El contenido del Decreto lo componen dos apartados:
UNO: Ayudas urgentes a las personas trabajadoras con rentas bajas
- Beneficiarios:
Personas trabajadoras con rentas bajas que presten sus servicios en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana y se encuentren afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la suspensión total de sus contratos de trabajo, a consecuencia de la paralización
de la actividad económica con motivo de la Covid-19.
¿Quien concede y tramita?
la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, y lo gestiona la Agencia Tributaria Valenciana
Personas beneficiarias
Trabajadoras por cuenta ajena que se encuentren afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), con la suspensión total de su contrato de trabajo que se haya solicitado con posterioridad a la declaración del estado de alarma. Deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.
Importe de las ayudas
La cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a 150,00 euros por persona beneficiaria.
El fondo creado para tal fin es de 30.000.000,00 de euros. Se priorizará en función de la base de cotización de las personas beneficiarias hasta que se agote el importe.
DOS: Apoyo económico a las personas trabajadoras para la conciliación de la vida familiar y laboral.
Ayudas urgentes para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que hayan ejercido el derecho de reducción de su jornada laboral para la atención a menores, mayores o dependientes a su cargo.
Beneficiarios
Trabajadoras y trabajadores valencianos que hayan reducido total o del 50 % o más de su jornada laboral para la atención a personas menores, mayores o dependientes a su cargo, como consecuencia de la Covid-19.
¿Quien concede y tramita?
La tramitación y gestión de estas ayudas se encarga a LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, y resuelve sobre las solicitudes presentadas la Secretaría Autonómica de Empleo.
Personas beneficiarias
Por medio de un decreto se establecerán los requisitos y condiciones que deberán cumplir las personas beneficiarias.
Importe de las ayudas
La ayuda individualizada será la siguiente:
- Reducción de jornada entre el 50 % y el 60 % de la jornada, 300 €.
- Reducción de jornada entre el 61 % y el 80 % de la jornada, 450 €.
- Reducción de jornada entre el 81 % y el 100 % de la jornada, 600 €.
El importe máximo dedicado a esta partida asciende a 3 millones de euros
Desarrollo reglamentario
Se faculta al Consell y a las Consellerias de Hacienda y Modelo Económico, y de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, en el ámbito de sus competencias para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este decreto ley.
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