COVID-19 Información Coronavirus

Actualitat

Ayer domingo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se publicaron las medidas que entran en vigor este lunes 4 de mayo. La nueva regulación establece la obligación del uso de mascarilla en el transporte público. Metro y autobuses funcionaran con un límite del 50% de su capacidad. "El uso de mascarillas que cubran nariz y boca será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo", recoge el BOE.

 

Info  En el transporte público, que funcionará a la mitad de su capacidad, será obligatorio el uso de mascarillas.

Ayer domingo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se publicaron las medidas que entran en vigor este lunes 4 de mayo. La nueva regulación establece la obligación del uso de mascarilla en el transporte público. Metro y autobuses funcionaran con un límite del 50% de su capacidad. "El uso de mascarillas que cubran nariz y boca será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo", recoge el BOE.

Las mascarillas son la principal novedad de la primera fase de desescalada. El Gobierno distribuirá seis millones en los principales núcleos de transporte público a partir del 4 de mayo. Otros cuatro millones de mascarillas serán repartidas a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y otro millón y medio por medio de las ONG.

Los conductores y trabajadores de autobús y ferrocarril que tengan contacto directo con los viajeros, deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a soluciones hidroalcohoólicas para practicar una higiene de manos. El BOE concreta que los operadores de metro y autobús "procurarán" que los pasajeros mantengan entre sí "la máxima distancia posible". Para ello se establece como referencia que la ocupación de metro y autobuses será de la mitad de las plazas sentadas y de dos viajeros por cada metro cuadrado para viajar de pie.

En los autobuses y trenes en los que todos deben ir sentados, no se podrá ocupar más de la mitad de los asientos respecto del máximo permitido. Las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros. En los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. También recomienda colocar carteles para "recordar la necesidad de mantener la distancia de seguridad y medidas de higiene".

Respecto a las medidas de seguridad para trabajadores el BOE precisa que los titulares de la actividad económica deberán cumplir "en todo caso" con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio de la COVID–19. El BOE precisa que se asegurará de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados a su nivel de riesgo, y de que tengan "permanentemente" a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos.

El uso de mascarillas es obligatorio cuando no se pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los propios trabajadores, entre trabajador y cliente. Todo el personal deberá estar formado sobre el correcto uso de los equipos de protección.

También indica el BOE que, el fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario "que garantice las medidas higiénicas". Cuando no sea posible se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.

Las condiciones de trabajo se modificarán, en la medida de lo posible, para garantizar la distancia de seguridad interpersonal, se modificará la disposición de los puestos de trabajo, y se organizaran los turnos correspondientes. También recoge que "se garantizará una ventilación adecuada de todos los establecimientos y locales comerciales".

Las limpiezas se realizaran al finalizar la jornada, y para ello se deberán usar desinfectantes como diluciones de lejía y agua. Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección individual utilizados se desecharán "de forma segura". Se deberá realizar una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles y otros elementos susceptibles de manipulación.

Respecto a la ropa de trabajo, se indica que se lavará y desinfectará a diario, deberá lavarse "de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados" En los casos en los que no se utilice uniforme o ropa de trabajo, las prendas utilizadas también deberá lavarse en las mismas condiciones.

La Orden de este domingo incluye la prohibición para reincorporarse a su puesto de trabajo de los empleados que en el momento de la reapertura estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de la COVID-19 "o tengan alguno de los síntomas compatibles" con el virus. No podrán reincorporarse a su trabajo los empleados que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona diagnosticada de COVID-19. Si un trabajador tuviera síntomas de la enfermedad, se contactará de inmediato con el centro de salud correspondiente. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que sea valorado por el equipo correspondiente.

Valencia, 4 de mayo de 2020

 

 

Adjunts:
Descarregar aquest arxiu (BOE- mascarilla.pdf)BOE- mascarilla COVID-19[ ]228 kB
Descarregar aquest arxiu (BOE-deportes.pdf)BOE-deportes COVID-19[ ]273 kB
0
0
0
s2smodern

Convenios transportes

Correu

SEPE ¿Cómo puedo consultar el estado de mi prestación por desempleo?

Condicions Laborals

Contenidos más leídos

PLANTEM CARA NUEVOS PERMISOS LABORALES

Nuevos permisos laborales
 
 

GUIA LEGISLACIÓN LABORAL 2023

Legislació laboral 2023

IMPORTANTE Renovación DARDE

  Actualmente y debido a la situación sanitaria la demanda de empleo se renueva automáticamente. La renovación de la demanda dejará de ser automática a partir de NOVIEMBRE.
La no renovación de la demanda implica la baja en la base de datos de LABORA y en el caso de cobrar prestaciones dejar de percibirlas.

Intersindical Valenciana valora la pujada de l'SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

Intersindical Valenciana valora la pujada de l’SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

El Govern aprova que el Salari Mínim Interprofessional puge a 1.080 euros

Drets laborals

El Tribunal Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques Urbanes de València i Castelló

El Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques de València i Castelló

Intersindical Valenciana va recórrer una sentència de 2020 del TSJ de la Comunitat Valenciana que el declarava nul

Prevención riesgos laborales

COORDINADORA INTERSINDICAL DE RIDERS

Naix la Coordinadora Intersindical de Riders

Nace la Coordinadora Intersindical de Riders

Se crea una plataforma unitaria de lucha que agrupa a todo el sindicalismo combativo del estado para defender los derechos de las repartidoras y repartidores 

    Guia de prevenció de riscos laborals

 

Intersindical Valenciana-ICS

Intersindical Valenciana exigeix la derogació de les reformes laborals

Opinión Tribuna: Libertad de expresión sindical