Actualitat Las empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en los casos de ERTE, deberán mantener el empleo durante un período de seis meses.
El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley de medidas sociales de reactivación del empleo y de protección del trabajo autónomo, que prorroga hasta el 30 de septiembre los beneficios y exoneraciones de los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTES). establecidos por la crisis sanitaria y económica causada por el COVID-19.
Las empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en los casos de ERTE, deberán mantener el empleo durante un período de seis meses.
Durante un ERTE en vigor, no se podrán realizar despidos y tampoco se podrá repartir beneficios.
Las personas trabajadoras de las empresas que se acojan a estos ERTE no podrán realizar horas extra. No serán permitidas nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que se establezcan nuevas externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE, por parte de estas empresas.
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