Las claves del aumento del SMI
Variables en que se justifica la subida del SMI
Según el Estatuto de los Trabajadores(ET), son cuatro las variables económicas que se tienen en cuenta a la hora de subir el SMI: el índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional alcanzada ,el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. La pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores debido a la inflación es uno de los principales factores que se pretende contrarrestar elevando el SMI.
Su aplicación es inmediata desde su publicación en el BOE. La medida, se ha publicado el 14 de febrero en el BOE y tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero. Se aplicará a todos los sectores, estén o no regulados por convenios.
En los últimos 10 años, el mínimo que puede cobrar un trabajador por su trabajo ha pasado desde los 645,3 euros mensuales en 2013, hasta llegar a los 1.080 euros en 2023. El mayor incremento se produjo en 2019, cuando subió un 22,3%, pasando de 735,90 euros mensuales a 900 euros mensuales. En total, desde 2018, se ha incrementado un 47 %.
Según un informe del sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), en España hay 8,5 millones de trabajadores y trabajadoras que cobran menos de 15.120 euros al año. Esto supone un 46% de los trabajadores y trabajadoras de este país. Dentro de este grupo están incluidos aquellos que tienen jornadas parciales, por lo que la nueva regulación no les afectaría directamente, sólo a los dos millones y medio que tienen como referencia el SMI en sus retribuciones.
¿A quienes tienen que revisar y adecuar la nómina?
La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este Real Decreto, no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios que viniesen percibiendo las trabajadoras y trabajadores cuando, tales salarios en su conjunto y en cómputo anual, fuesen superiores a dicho salario mínimo. A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual, en ningún caso, puede ser de una cuantía anual inferior a 15.120 euros.
Sobre las retribuciones de los complementos
Se añadirán al salario mínimo los complementos salariales, según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, así como el importe correspondiente al incremento sobre el salario a prima o, con incentivo a la producción.
Evolución de las retribuciones en los convenios colectivos del mercado laboral
En los últimos cinco años, de 2016 a 2021, los gestores de empresas, tipo medio, han aumentado sus salarios en un 43%, mientras que los salarios de sus trabajadores han aumentado en un 11%. Un trabajador o trabajadora, tipo medio, ha visto aumentar su salario de 1.900 euros a 2.086 euros. El Presidente del IBEX35 cobraba 3,8 millones en 2016 y en 2021 ha pasado a cobrar más de 6 millones. La moderación salarial no es igual para todos. Los empresarios se aplican unas subidas salariales que niegan a sus trabajadores y trabajadoras.
¿Cómo se aplica a quiénes trabajan por horas?
Si la jornada realizada es 8 horas diarias, de 40 horas a la semana, y de 160 horas mensuales y, la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2023 es de 1.080 euros al mes. Si se abona en 12 pagas el salario es de 1.260 euros al mes. Si el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora, a razón de 7,87 euros la hora trabajada.
Para las empleadas de hogar, el salario mínimo por hora en 2022 estaba estipulado en 7,82 euros/hora. En esta cantidad está incluida la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones. Si aplicamos a este salario el 8% de subida, la hora quedaría en 8,45 euros.
Fecha de aplicación | Precio/Día | En 14 pagas | En 12 pagas | Anual | Eventuales y temporeros | Empleados de hogar |
Desde la publicación en el BOE. Con efectos retroactivos al 01/01/2023. | 36 euros | 1.080 euros | 1.260 euros | 15.120 euros | 51,15 euros por jornada de actividad. | 8,45 por hora trabajada) |
CUADRO DE HORAS SEMANALES TRABAJAS Y SU RETRIBUCIÓN CORRESPONDIENTE
Las cantidades son salarios brutos, con las pagas extraordinarias prorrateadas.
El Salario Mínimo Interprofesional de 2023 en 12 padas.
HORAS semana |
EUROS mes |
HORAS semana |
EUROS mes |
HORAS semana |
EUROS mes |
HORAS semana |
EUROS mes |
40 | 1.260,00 | 30 | 945,00 | 20 | 630,00 | 10 | 315,00 |
39 | 1.228,50 | 29 | 913,50 | 19 | 598,50 | 9 | 283,50 |
38 | 1.197,00 | 28 | 882,00 | 18 | 567,00 | 8 | 252,00 |
37 | 1.165,50 | 27 | 850,50 | 17 | 535,50 | 7 | 220,50 |
36 | 1.134,00 | 26 | 819,00 | 16 | 504,00 | 6 | 189,00 |
35 | 1.102,50 | 25 | 787,50 | 15 | 472,50 | 5 | 157,50 |
34 | 1.071,00 | 24 | 756,00 | 14 | 441,00 | 4 | 126,00 |
33 | 1.039,50 | 23 | 724,50 | 13 | 409,50 | 3 | 94,50 |
32 | 984,00 | 22 | 693,00 | 12 | 378,00 | 2 | 63,00 |
31 | 976,50 | 21 | 661,50 | 11 | 346,50 | 1 | 31,50 |
Referencia: Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2023. BOE Núm. 39, miércoles 15 de febrero de 2023.
Valencia, febrero de 2023
Juan Miguel Muñoz Olmo
Intersindical Valenciana - ICS
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