El fin del Estado de Alarma y sus repercusiones en el mundo del trabajo

El 9 de mayo finalizó el Estado de Alarma, pero no la pandemia de COVID-19. ¿Cómo repercute el fin del Estado de Alarma en el mundo del trabajo? Esta nueva situación, ¿cómo influye legalmente en el trabajo la finalización del estado de alarma? Hay que recordar que, aunque haya finalizado el estado de alarma, siguen vigentes las medidas legales de prevención del COVID-19. Siguen y estarán vigentes “hasta que el Gobierno declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”. Es decir, al seguir la pandemia, siguen vigentes las medidas de prevención, de obligado cumplimiento, en todos los centros de trabajo, privados y públicos. Por lo que siguen vigentes:

-       Adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo.

-        Poner a disposición de los trabajadores y trabajadoras agua y jabón, o geles hidroalcohólicos, o desinfectantes para la limpieza de manos.

-        Adaptar las condiciones de trabajo y la organización de los turnos, así como el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros. Cuando esto no sea posible, se deberá proporcionar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

-        Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadoras y trabajadores como clientes o usuarios.

-        Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.

-        No se deberá acudir a su centro de trabajo cuando se presenten síntomas de COVID-19, o cuando se está en aislamiento domiciliario, o que se encuentren en periodo de cuarentena por haber tenido contacto estrecho con alguna persona afectada por COVID-19.

-        Si se notan síntomas de la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente y, en su caso, con los correspondientes servicios de prevención de riesgos laborales.

Cuando una empresa incumple las normas protocolarías correspondientes, procede su denuncia, y esta producirá la sanción correspondiente. Una denuncia posible sería por incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales. Otra denuncia sería por incumplimiento de normas sanitarias ante la Consellería de Sanidad. Las sanciones por faltas leves en materia de sanidad son de hasta los 3.000 € y las de faltas graves hasta los 60.000 €.

Con la finalización del Estado de Alarma tendría que haberse producido la finalización de los ERTE por fuerza mayor, aunque no necesariamente los ERTE por causas ETOP (económicas, técnicas, organizativas y de producción), puesto que la Ley dice sobre los ERTE de fuerza mayor: “su duración máxima será la del estado de alarma”. Pero no será así. El Ministerio de trabajo ya ha anunciado que los ERTE por fuerza mayor se prorrogaran hasta primeros del mes de septiembre. Por tanto, siguen vigentes hasta dicha fecha. La finalización del Estado de Alarma no produce cambios en los ERTE.

Valencia,10 de mayo de 2021

0
0
0
s2smodern

Convenios transportes

Correu

SEPE ¿Cómo puedo consultar el estado de mi prestación por desempleo?

Condicions Laborals

Contenidos más leídos

PLANTEM CARA NUEVOS PERMISOS LABORALES

Nuevos permisos laborales
 
 

GUIA LEGISLACIÓN LABORAL 2023

Legislació laboral 2023

IMPORTANTE Renovación DARDE

  Actualmente y debido a la situación sanitaria la demanda de empleo se renueva automáticamente. La renovación de la demanda dejará de ser automática a partir de NOVIEMBRE.
La no renovación de la demanda implica la baja en la base de datos de LABORA y en el caso de cobrar prestaciones dejar de percibirlas.

Intersindical Valenciana valora la pujada de l'SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

Intersindical Valenciana valora la pujada de l’SMI, tot i que la considera insuficient i tardana

El Govern aprova que el Salari Mínim Interprofessional puge a 1.080 euros

Drets laborals

El Tribunal Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques Urbanes de València i Castelló

El Suprem declara legal el Conveni de treballadores i treballadors de Finques de València i Castelló

Intersindical Valenciana va recórrer una sentència de 2020 del TSJ de la Comunitat Valenciana que el declarava nul

Prevención riesgos laborales

COORDINADORA INTERSINDICAL DE RIDERS

Naix la Coordinadora Intersindical de Riders

Nace la Coordinadora Intersindical de Riders

Se crea una plataforma unitaria de lucha que agrupa a todo el sindicalismo combativo del estado para defender los derechos de las repartidoras y repartidores 

    Guia de prevenció de riscos laborals

 

Intersindical Valenciana-ICS

Intersindical Valenciana exigeix la derogació de les reformes laborals

Opinión Tribuna: Libertad de expresión sindical